Nada Personal
Estupefacto ha quedado el ciudadano tabasqueño ante la resolución de la Sala Regional Xalapa que confirmó la sanción contra el PRD Tabasco y su dirigente estatal, Rafael Acosta León, por “actos anticipados de campaña”.
Aclaro no porque la ley no deba aplicarse, sino porque en Tabasco la ley electoral parece tener dos órdenes: uno severo para la oposición y otro flexible, casi tolerante, para el oficialismo.
El Tribunal Electoral de Tabasco ipso facto ratificó por unanimidad la sanción económica al PRD y a Acosta León, derivada de publicaciones en redes sociales calificadas como proselitismo negativo contra Morena fuera del periodo legal.
Y a la misma velocidad la Sala Xalapa ordenó reexaminar el caso y el Tribunal local terminó confirmando la falta, con el argumento de que un dirigente partidista tiene un “deber de cuidado reforzado”.
Hasta ahí, podría decirse que la ley se cumplió. Pero el ciudadano común no puede evitar las dudas: ¿dónde estaba ese mismo rigor cuando funcionarios, estructuras territoriales y operadores políticos de Morena llevan meses haciendo campaña encubierta en todo el Estado? El contraste es escandaloso por su asimetría.
Al dirigente perredista se le sancionó por compartir en sus redes un meme crítico contra Morena; Acosta León sostiene que esa fue la causa de la sanción. Frente a ello, la oposición denuncia que Morena opera una estrategia territorial con recorridos, contacto con ciudadanos, difusión de videos, entrega de ejemplares de Regeneración y organización de estructuras en secciones electorales.
No es lo mismo un mensaje aislado en una cuenta personal que una operación sostenida de promoción política con recursos, presencia institucional y cobertura territorial. Sin embargo, la primera se convirtió en expediente, sanción y precedente; la segunda sigue navegando entre denuncias, remisiones y promesas de que “se atenderá conforme a derecho”.
El ejemplo más claro es el de Andrés Manuel López Beltrán, Andy, a quien Movimiento Ciudadano denunció ante el INE sus recorridos por las 170 secciones del distrito 6 de Tabasco, donde aspira a una diputación federal, antes del inicio formal del proceso electoral.
El PRI también presentó una denuncia, señalando visitas a comunidades, encuentros con habitantes, difusión de fotografías y videos, entrega de Regeneración y contacto directo con la ciudadanía.
¿Qué ocurrió? El TEPJF resolvió que la investigación no debía asumirla directamente la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, sino remitirla al Consejo Distrital 6 de Tabasco. Es decir: el caso del dirigente morenista no se frenó ni se sancionó con la contundencia con la que se resolvió el asunto del PRD; se encauzó hacia un laberinto procedimental.
Para octubre, el INE reconocía la existencia de seis denuncias contra López Beltrán por presuntos actos anticipados de campaña, incluida la distribución del periódico Regeneración. Seis denuncias. Y todavía no hay una sanción equiparable a la que cayó sobre el PRD por una publicación en redes.
Esto está muy claro, la diferencia no está en la letra de la ley, sino en la velocidad y el ánimo con que se aplica.




