Próximo Consejo Político del PRD definirá viabilidad de alianzas en 2027
VILLAHERMOSA, Tab., 12 de mayo de 2026.- El Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco, confirmó la resolución impugnada relacionada con la participación de un servidor público del Congreso del Estado de Tabasco en sesiones del Consejo Estatal Electoral del IEPCT, en calidad de representante de un partido político.
Después de analizar los argumentos presentados por el partido apelante MORENA dentro del expediente TET-AP-006/2026-II, el Tribunal concluyó que no se acreditó violación alguna a los principios constitucionales de imparcialidad, neutralidad y equidad electoral.
En la sentencia, se precisó que la legislación electoral vigente no establece una prohibición expresa para que una persona servidora pública desempeñe funciones de representación partidista, salvo en los supuestos específicamente previstos por la ley.
Asimismo, el pleno señaló que las posibles conductas vinculadas con el cumplimiento de horarios laborales o de funciones administrativas corresponden, en su caso, al ámbito de las responsabilidades administrativas y no al régimen sancionador electoral.
En consecuencia, el Pleno del Tribunal Electoral declaró infundados los agravios planteados y confirmó la resolución emitida por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, dentro del expediente PES/006/2026.




