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VILLAHERMOSA, Tab., 29 de octubre de 2026.- De cara al Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027, el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) presentó de manera detallada los lineamientos para garantizar el principio constitucional de paridad de género —aprobados en mayo pasado— y las reglas de implementación de acciones afirmativas, avaladas recientemente por el órgano colegiado.
Durante el encuentro con medios, encabezado por la consejera presidenta Elizabeth Nava Gutiérrez, la consejera Ruth Lizette Toledo Peral y el consejero Hernán González, explicaron los mecanismos técnicos que los partidos políticos deberán observar obligatoriamente en la postulación y registro de candidaturas para renovar el Congreso local y los 17 ayuntamientos.
En lo referente a la paridad, el instituto ratificó que las reglas aplican de forma equilibrada para evitar que las mujeres sean relegadas a espacios de menor competitividad electoral. Para la integración de los 17 ayuntamientos, el esquema contempla bloques de oportunidad paritaria divididos en dos segmentos: el Segmento A abarca 9 municipios con 5 postulaciones para mujeres y 4 para hombres, mientras que el Segmento B contempla 8 municipios con 4 para mujeres y 4 para hombres, arrojando un resultado final de 9 presidencias municipales para mujeres y 8 para hombres. En cuanto a las 21 diputaciones de mayoría relativa, el desglose normativo establece 11 espacios para mujeres y 10 para hombres.
La consejera presidenta Elizabeth Nava Gutiérrez precisó que, si bien los lineamientos establecen un ejercicio general armonizado partido por partido, existen reglas específicas para aquellas fuerzas políticas que participaron en el proceso electoral anterior, garantizando la homogeneidad, alternancia, horizontalidad y verticalidad en las listas y planillas. Por su parte, el instituto otorgará libertad en la estrategia interna siempre y cuando se cumpla estrictamente con la paridad, por lo que los partidos podrán postular hombres o mujeres en los bloques donde mejor convenga a sus intereses, observando que cuando el número de postulaciones sea impar, corresponda a mujeres.
En cuanto a las acciones afirmativas para la postulación a cuotas de atención prioritaria —que abarcan a personas jóvenes, indígenas y afromexicanas, con discapacidad, y de la población LGBT+—, la renovación del Congreso local y los ayuntamientos se disputará bajo una base de 35 diputaciones y 85 regidurías.
Respecto al grupo de personas jóvenes de 18 a 29 años, se contempla la postulación obligatoria de 6 fórmulas en mayoría relativa para diputaciones en cualquiera de los 21 distritos, mientras que para regidurías se exige al menos una fórmula en cada planilla de los 17 municipios. Sobre este rubro, el consejero Hernán González explicó que la juventud cuenta con un carácter transversal ya aplicado en el proceso anterior, por lo que una misma candidatura joven puede intersecarse con la pertenencia a la diversidad sexual, comunidades indígenas o personas con discapacidad.
Para las personas indígenas y afromexicanas, los lineamientos obligan a postular al menos una fórmula en mayoría relativa en el Distrito 4 de Centla para diputaciones, además de incluir una fórmula dentro de los primeros siete lugares de representación proporcional. En regidurías, se fijó la obligación de postular un mínimo de tres fórmulas en Centla, una fórmula en Nacajuca y dos fórmulas en Tacotalpa.
En cuanto a personas con discapacidad y la población LGBT+, las fuerzas políticas deberán registrar al menos una fórmula de mayoría relativa en cualquiera de los 21 distritos y una fórmula en representación proporcional dentro de los primeros siete lugares de las listas para diputaciones, así como una fórmula a regidurías por cualquiera de los dos principios en el municipio de su elección.
Uno de los puntos que el consejo enfatizó es que, en caso de que los partidos políticos compitan en coalición, la acción afirmativa se contabiliza de manera individual por cada fuerza política. Los consejeros advirtieron que los partidos no podrán asumir que el registro de un aliado exime al otro de postular sus cuotas correspondientes en los municipios o distritos donde compitan por separado.
Asimismo, se advirtió que si un partido político incumple con las acciones afirmativas establecidas, el espacio quedará vacío y se aplicará un corrimiento a la hora de distribuir por la vía de representación proporcional, saltándose esa casilla para otorgarla a la siguiente persona que sí pertenezca al grupo poblacional subrepresentado según el orden de votación. En el caso de la paridad, de detectarse omisiones se concederá un plazo de 48 horas para subsanar y 24 horas en caso de atención defectuosa, procediendo a realizar sustituciones de oficio si los requerimientos no son atendidos.
Finalmente, las autoridades electorales anunciaron que se encuentra en desarrollo la elaboración de un manual práctico que condensará ambos lineamientos con un formato didáctico y visual para facilitar su consulta entre los partidos políticos y la ciudadanía.




