Columna Descomplicado/Jorge Robledo
Mientras la conversación pública se concentra en las posibles candidaturas, las alianzas y los reacomodos rumbo al proceso electoral de 2027, una cuestión de mayor trascendencia permanece prácticamente fuera del debate: la calidad de la representación democrática en Tabasco.
La discusión política ha sido desplazada por la competencia estratégica. Se habla de quién competirá, de quién cambiará de partido o de qué coalición tendrá mayores posibilidades de triunfo. Mucho menos se reflexiona sobre la forma en que esas decisiones se construyen y sobre la capacidad de los partidos para cumplir la función que la Constitución les asigna dentro del sistema democrático.
Ese desplazamiento del debate no es menor. Revela una transformación silenciosa en la lógica de la política contemporánea: la representación ha cedido terreno frente a la administración del poder. En consecuencia, la eficacia electoral comienza a sustituir a la legitimidad democrática como principal criterio para la toma de decisiones.
Desde el constitucionalismo mexicano, esa lógica resulta insuficiente.
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos confiere a los partidos políticos una naturaleza singular. No son asociaciones privadas orientadas exclusivamente a competir por cargos públicos; son entidades de interés público llamadas a promover la participación ciudadana, articular la representación política y hacer posible el acceso de la ciudadanía al ejercicio del poder. Su legitimidad, por tanto, no deriva únicamente del número de votos obtenidos, sino de la manera en que cumplen esa función constitucional.
Esta premisa encuentra su fundamento en el artículo 39 constitucional, que establece que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Se trata de uno de los principios más relevantes del orden constitucional mexicano y, paradójicamente, uno de los menos presentes en la práctica política cotidiana. Si la soberanía pertenece a la ciudadanía, los partidos no pueden concebir las candidaturas, las dirigencias o los espacios de representación como ámbitos de apropiación política. Administran una función pública cuyo titular continúa siendo el pueblo.
La trascendencia de este principio adquiere una dimensión particular en Tabasco.
Durante los últimos años, el sistema político estatal ha experimentado una profunda reconfiguración. Cambiaron los equilibrios partidistas, se modificó la correlación de fuerzas y surgieron nuevos actores con capacidad de incidir en la competencia electoral. Sin embargo, esa transformación no ha venido acompañada, con la misma intensidad, por una renovación de las prácticas mediante las cuales los partidos ejercen su vida interna.
La persistencia de decisiones altamente centralizadas, procesos internos poco deliberativos, incorporación recurrente de liderazgos externos y una limitada formación de cuadros propios revela que la competencia política ha evolucionado con mayor rapidez que la institucionalización democrática de las organizaciones partidistas.
Esta circunstancia obliga a distinguir entre alternancia y democratización.
La alternancia modifica a quienes ejercen el poder; la democratización transforma las reglas mediante las cuales ese poder se obtiene, se distribuye y se controla. Confundir ambos procesos conduce a una percepción equivocada de la calidad democrática. Una elección competitiva no garantiza, por sí misma, una representación legítima si los mecanismos internos mediante los cuales se construyen las candidaturas permanecen cerrados o insuficientemente transparentes.
La teoría democrática ha advertido desde hace décadas esta tensión.
Hans Kelsen entendía que los partidos constituyen el instrumento indispensable de la democracia representativa precisamente porque organizan el pluralismo político. Norberto Bobbio sostuvo que la democracia se define por reglas capaces de limitar el ejercicio del poder y garantizar igualdad entre quienes aspiran a ejercerlo. Robert Dahl demostró que la calidad democrática depende de la existencia simultánea de competencia efectiva y participación inclusiva. Robert Michels, por su parte, advirtió que toda organización política tiende naturalmente a concentrar el poder en una élite dirigente, razón por la cual la democracia requiere mecanismos permanentes de control institucional.
Leídas en conjunto, estas aportaciones permiten comprender que el principal desafío de los partidos contemporáneos no consiste únicamente en ganar elecciones, sino en evitar que la lógica organizacional termine sustituyendo la representación ciudadana por la preservación del poder interno.
La Constitución mexicana converge con esa tradición teórica.
El artículo 35 reconoce el derecho de la ciudadanía a votar, ser votada y participar en los asuntos públicos; el artículo 1.º impone el principio pro persona como criterio de interpretación de los derechos humanos. A ello se suma el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconocen el derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha consolidado un entendimiento común: la democracia no se agota en la existencia de elecciones periódicas; exige condiciones materiales que hagan efectiva la participación política.
Bajo esa perspectiva, la democracia interna de los partidos deja de ser una cuestión de organización administrativa para convertirse en una garantía constitucional vinculada al ejercicio de los derechos político-electorales.
Ese es, probablemente, el mayor reto que enfrenta Tabasco en vísperas de un nuevo ciclo electoral.
La ciudadanía reclama partidos capaces de construir liderazgos mediante procesos abiertos, transparentes y competitivos; organizaciones que privilegien la deliberación sobre la imposición y la institucionalidad sobre la coyuntura. No basta con ofrecer nuevos rostros si las reglas mediante las cuales se toman las decisiones permanecen inalteradas.
Tampoco basta con proclamar el cambio cuando las estructuras continúan reproduciendo las mismas formas de concentración del poder.
La legitimidad democrática no se obtiene exclusivamente en las urnas.
Comienza en el interior de las instituciones que aspiran a representar a la sociedad.
Por ello, la verdadera discusión rumbo a 2027 no debería limitarse a identificar quién llegará al poder. La cuestión de fondo consiste en determinar si los partidos políticos estarán a la altura del mandato constitucional que les dio origen: representar auténticamente a la ciudadanía y fortalecer la democracia antes de solicitar nuevamente su confianza.
En una democracia constitucional, las elecciones legitiman a los gobiernos; la calidad democrática de los partidos legitima al sistema político. Esa diferencia explica por qué la representación continúa siendo el desafío pendiente de Tabasco.